Noticias

Exigen soluciones que garanticen el debido ejercicio de la profesión

La Sección Paraná elevó una nota al presidente del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, a fin de que gestione ante el STJ una serie de medidas que faciliten el desarrolla laboral de los abogados y abogadas de la capital provincial.

La Sección Paraná envió una nota al presidente del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, doctor Alejandro Canavesio, a los efectos de solicitarle que gestione ante el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos una solución para diversas cuestiones que se vienen planteando en el fuero, según la experiencia transmitida por las y los matriculados.

 

Todas las sugerencias y planteos detallados se hicieron teniendo en cuenta que cualquier flexibilización se deberá hacer tomando los recaudos sanitarios correspondientes, y priorizando la salud de todos los operadores del derecho.

 

Entre las medidas que la Sección Paraná entiende que deben tratarse, están:

 

* Concurrencia a Audiencias: se recibieron planteos de varios colegas, atento que algunos juzgados están impidiendo la concurrencia de más de un colega por parte a las audiencias. Esto impide el normal ejercicio de nuestra profesión, y se agrava en situaciones donde uno de los colegas que representa a las partes es novel, impidiendo una formación adecuada en las labores diarias de la abogacía. Demás está decir que a los jueces los asisten entre dos y tres personas, en tanto se les exige a los profesionales del derecho concurrir solos.

 

* Digitalización de contestaciones de oficio y otras actuaciones: en virtud del espíritu y finalidad del Reglamento N°1 de Presentaciones Electrónicas en el Contexto de Pandemia y Emergencia Sanitaria Poder Judicial de Entre Ríos, la Sección Paraná entiende que todas las actuaciones deben ser digitalizadas y subidas al expediente digital; considerando imprescindible que exista una distribución equitativa de las nuevas tareas. Así como se le ha impuesto al abogado cargas procesales que no le son propias, como digitalizar y subir la documentación que acompañe a los escritos, también los Juzgados deben hacerlo con actuaciones que se incorporan al Expediente. Esto facilitará la labor diaria de todos los operadores y evitará que se soliciten turnos innecesariamente para tomar vista del expediente. En este punto destacaron, sin perjuicio de lo normado por la nueva Guía de Buenas Prácticas (Acuerdo del STJ del 09-06-2020), la digitalización de cédulas diligenciadas, vistas, dictámenes, demandas (y su respectivo documental) iniciadas previamente a la emergencia sanitaria, y/o cualquier otra actuación judicial, de partes o de terceros que se incorporen al proceso.

 

* Trámite de cédulas a cargo del profesional: en este punto se destacó el control y diligenciamiento de cédulas, siendo una alternativa que el profesional envíe la cédula en formato PDF, y el Juzgado la imprima para su posterior firma por el Actuario. De esta manera se evita un tránsito de personas innecesario.

 

* Flexibilizar vistas de expediente y trámites presenciales: comprendiendo que las medidas hasta hoy ejecutadas son en protección de todos los operadores del derecho y justiciables, la Sección Paraná considera que pueden retirarse restricciones en trámites presenciales, a fin de facilitar la tarea del abogado.

 

* Certeza normativa: considerando que el saturado digesto “normativo” no colabora a un buen funcionamiento del servicio de justicia, haciendo la labor profesional arto dificultosa. Anexos, Reglamentos, Manuales y Guías, por su cantidad y superposición, hasta ahora han favorecido a la confusión de todos los operadores del derecho, trayendo más cargas laborales a los abogados, y un alto grado de incumplimiento y/o disímiles interpretaciones de estas “normas”, por parte de los Tribunales.

 

* Incorporación de “turnero”: a fines de obtener turnos para ver el expediente, se solicita que pongan a disposición del profesional una agenda que permita organizar su actividad de manera razonable. Así lo han hecho otros organismos privados y públicos, sin mayores inconvenientes. Debemos destacar en éste sentido la flexibilidad de agenda del Juzgado Civil y Comercial Nº 2 que se adapta al profesional solicitante.

 

* Criterio flexible: en general, no se ha constatado una aplicación del art. 19 del Reglamento N° 1 de Presentaciones Electrónicas en el Contexto de Pandemia y Emergencia Sanitaria Poder Judicial de Entre Ríos, existiendo un criterio sumamente restrictivo y formalista por parte de los Tribunales.

 

La Comisión Directiva de la Sección Paraná estima que todos los puntos, sin perjuicio de otros que surjan con el tiempo, merecen del debido tratamiento y, por supuesto, son susceptibles de análisis y mejoras, teniendo como principal propósito obtener una labor profesional menos dificultosa y un mejor servicio de justicia.

CAER Paraná
SECCIÓN PARANÁ DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE ENTRE RÍOS
Córdoba 264 - Paraná - Entre Ríos | Teléfono: 0343-4220715
Formulario de Sugerencias