Oficios provenientes de Juzgados de la provincia de Entre Ríos
El organismo cuenta con usuario institucional en la mesa virtual del Poder Judicial de Entre Ríos. Se recomienda a los profesionales que al cargar el oficio a control soliciten la vinculación del organismo a los fines de su notificación por SNE.
Instructivo para la presentación y tramitación de oficios en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Entre Ríos.
Oficios provenientes de Juzgados de la provincia de Entre Ríos: el organismo cuenta con usuario institucional en la mesa virtual del Poder Judicial de Entre Ríos. Se recomienda a los profesionales que al cargar el oficio a control soliciten la vinculación del organismo a los fines de su notificación por SNE.
ACLARACIÓN: los oficios recibidos por SNE deben estar firmados digitalmente por la autoridad judicial. No se dará trámite a oficios con firma ológrafa escaneada.
Las vistas al organismo también se pueden notificar por SNE.
Oficios provenientes de Juzgados de otras provincias: los mismos deben remitirse con los requisitos de la ley 22172 – arts. 3, 7 y 8- al correo electónico rcoficios@entrerios.gov.ar . Deben estar firmados digitalmente y tener un código QR, un link o código de validación para verificar la autoría y autenticidad de la firma y la integridad del documento. No se dará trámite a oficios con firma ológrafa escaneada,
ACLARACION: NO se reciben vistas por este medio. Las vistas provenientes de
juzgados de otras provincias deben ingresar por Mesa de Entradas.
En todos los casos deben respetarse las disposiciones de la ley 26413 y ley provincial 10205.