Acerca de la firma ológrafa
El Juez Federal, doctor Daniel Alonso, emitió una nota con observaciones hacia los y las colegas con respecto a la firma ológrafa.
Estimados colegas, compartimos el pedido realizado, mediante nota, por el Señor Juez Federal, doctor Daniel Alonso a todos los y las colegas con respecto a la firma ológrafa.
Señores Profesionales:
Los Profesionales que actúen en el carácter de patrocinantes deberán subir los escritos en los que patrocinen a sus clientes con firma ológrafa de conformidad a los establecido por la Acordada 31/2020 de la CSJN y el criterio sustentado por la Cámara Federal de Apelaciones al respecto.
Está demás recordar que la firma ológrafa es aquella que el patrocinado estampó de puño y letra en el escrito papel cuya imagen se sube al sistema y que en caso de dudas se intimará a la presentación original por mesa de entradas.
Si entre el escrito subido digitalmente y el que se presenta en papel existen diferencias, se correrá vista al Fiscal, sin perjuicio de las consecuencias de carácter procesal (tener por no presentado en los casos que así corresponda).
Adjuntamos original de la nota
https://caerparana.org.ar/wp-content/uploads/2021/11/nota-del-federal-1.pdf